Los propietarios de las grabaciones son quienes asignan los códigos ISRC.

Los códigos ISRC pueden ser asignados por los artistas, los sellos discográficos o por terceros conocidos como «Administradores de ISRC» en virtud de un acuerdo; en todos los casos, el único requisito necesario es poseer un código de entidad registrante.

No es necesario que usted sea miembro de la IFPI ni sea una asociación o cámara de la industria para solicitar un código de entidad registrante y así poder asignar códigos ISRC a sus grabaciones.

Recuerde que los códigos ISRC se asignan UNA ÚNICA VEZ y siguen siendo los mismos durante toda la vida de la obra. En el caso de que se vendieran los derechos de una grabación sonora o audiovisual que ya tuviera un código asignado, el nuevo titular de los derechos NO DEBE modificar el código ISRC.

Agencias nacionales de ISRC

¿Cuándo se debe asignar un código?